
PRORROGA DE LA ENTRADA EN VIGOR ART. 81 DEL REGLAMENTO DE LA LEY ADUANERA.
El día de hoy se dio a conocer por parte del Servicio de Administración Tributaria, el Boletín número P045, de fecha 19 de junio de 2015, mediante el cual, se informa a los usuarios del Comercio Exterior que las obligaciones señaladas en el Artículo 81 del Reglamento de la Ley Aduanera, serán exigibles a partir del 1 de septiembre de 2015.