CUOTA COMPENSATORIA A IMPORTACIONES DE CHINA

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Atención a todos nuestros clientes:

Después de haber concluido con la investigación sobre elusión del pago de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de electrodos de grafito para horno de arco eléctrico, originarias de China, independientemente del país de procedencia, se determinó la aplicación de cuotas compensatorias a las importaciones originarias del Reino Unido y procedentes de la empresa UKCG, elaborados con barras de grafito originarias de China, que ingresen por la fracción arancelaria 8545.11.01

Dichas cuotas se determinarán según corresponda al productor chino de la barra de grafito:

  1. para las importaciones de Jilin Carbon Import and Export Company («Jilin») de 42%;
  2. para las importaciones de Sichuan Guanghan Shida Carbon Co. Ltd. («Sichuan») de 250%;
  3. para las importaciones de Nantong Yangzi Carbon Co. Ltd. («Nantong») de 93%;
  4. para las importaciones de Henan Sanli Carbon Products Co. Ltd. de 185%;
  5. para las importaciones de M. Brashem, Inc. de 38%, siempre y cuando provengan de las dos empresas proveedoras que presentó para el cálculo de su margen de discriminación de precios, y
  6. para las importaciones provenientes del resto de los exportadores de electrodos de grafito originarios de China de 250%.⊕
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