DECLARACIÓN DEL IDENTIFICADOR «EB» OBLIGATORIA EN EL CAMPO DE IDENTIFICADORES PARA PARA EXPORTAR MERCANCÍAS CON EMPAQUES Y ENVASES IMPORTADOS TEMPORALMENTE

blog-servicios-aduanalesEstimados clientes.

A través de este medio, se hace de su conocimiento que el Servicio de Administración Tributaria ha publicado en su portal web el Boletín número P070 titulado «Empaques«, que señala lo siguiente:

Se informa que con la publicación del Boletín referido en el párrafo anterior, se deja sin efectos el Boletín número P062 también titulado «Empaques», que establecía como beneficio a las empresas con Certificación en la modalidad de IVA e IEPS, la posibilidad de declarar el identificador EB a nivel observaciones, cumpliendo de manera alternativa con lo dispuesto por el numeral 4.3.2 último párrafo de las Reglas Generales de Comercio Exterior, mientras se realizaban las modificaciones al sistema del SAT.

No obstante, y toda vez que las modificaciones al sistema del SAT han sido concluidas, el beneficio ha sido suprimido, siendo obligatorio declarar el identificador EB en el campo correspondiente, de conformidad con el Anexo 22 de las citadas Reglas.

Para mayor información, se deja a su disposición los citados Boletines:

Boletin P062 – Empaques

Boletin P070 – Empaques

Lo anterior se hace de su conocimiento para que sea considerado en sus operaciones de comercio exterior.

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