Hacemos de su
conocimiento que la Secretaría de Economía a través del Diario Oficial de la
Federación publicó una prórroga para la aplicación de las diversas
modificaciones que se realizaron en el anexo 2.4.1 del presente Acuerdo, las
modificaciones se realizaron con el objeto de mejorar el esquema de excepción
al cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas para crear un mecanismo útil y
garantizar las finalidades de las mismas, estas modificaciones fueron publicadas
el pasado mes de octubre de 2018.
Asimismo, se realizó la
adición del Numeral 5 TER el cual contempla el procedimiento a
seguir en caso de que las mercancías no sean susceptibles de certificarse,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de octubre 2018.
Ambos entrarán en vigor el primer día hábil de junio de 2019, es decir
el 3 de junio 2019.
Para mayor información, consultar los siguientes enlaces: