Atento aviso: El día 16 de mayo del presente año, la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó un decreto mediante el cual
reforma la fracción III del articulo 113 y se adiciona un articulo 113 Bis del
Código Fiscal. Dichas modificaciones consisten en lo siguiente:
Fracción III Articulo
113: Adquirir comprobantes fiscales que amparen operaciones falsas o
simuladas será sancionado con 3 meses a 6 años de prisión.
Artículo 113 Bis: Quien
expida o enajene comprobantes fiscales que amparen operaciones falsas o
simuladas será sancionado con 3 a 6 años de prisión.