HORARIOS DE OPERACIÓN A USUARIOS Y PERMISIONARIOS DEL SERVICIO DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL Y TRANSPORTE PRIVADO DE CARGA

A TODOS NUESTROS CLIENTES Y ASOCIADOS.

El día de hoy, 30 de marzo de la presente anualidad, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a través del Diario Oficial de la Federación, publicó  el “AVISO POR EL QUE SE INFORMA A TODOS LOS USUARIOS Y PERMISIONARIOS DEL SERVICIO DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL Y TRANSPORTE PRIVADO DE CARGA ESPECIALIZADA DE OBJETOS INDIVISIBLES DE GRAN PESO Y/O VOLUMEN Y GRÚAS INDUSTRIALES QUE TRANSITEN POR CAMINOS Y PUENTES DE JURISDICCIÓN FEDERAL, QUE SE HACEN DE SU CONOCIMIENTO LOS HORARIOS DE OPERACIÓN QUE SE APLICARAN EN EL PERIODO VACACIONAL COMPRENDIDO DE LAS 00:00 HORAS DEL 3 DE ABRIL DE 2020, A LAS 23:59 HORAS DEL 20 DE ABRIL DE 2020 DE CONFORMIDAD CON EL NUMERAL 5.6 DE LA NOM-040-SCT-2-2012, VIGENTE.” Mismo que entrara en vigor a partir del día 03 de abril de la presente anualidad, según lo establecido en el transitorio ÚNICO, del presente AVISO.

Lo anterior, a fin de fomentar la seguridad y permitir el mejor flujo vehicular de los usuarios de las carreteras federales, que en dicho período circulan en los caminos y puentes de jurisdicción federal, por lo que, la Secretaría de Comunicaciones y Transporte, a través del presente AVISO, en su numeral ÚNICO, determinó lo siguiente:

“ÚNICO.- Las grúas industriales y los equipos especiales para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso y/o volumen que cuenten con el permiso especial de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, podrán transitar en el período antes señalado como sigue:

  • El día 6 y 7 de abril así como del 14 al 16 y 20 de abril de 2020 de conformidad con lo que señalan los numerales 5.5.1 y 5.5.2 de la NOM-040-SCT-2-2012, esto es:
        • Cuando circulen por caminos tipo ET4, A4, B4 de las 00:00 horas a las 23:59 horas.
        • Cuando circulen por caminos ET2, A2, B2, C o D de 6:00 a 18:30 horas y en horario nocturno de 00:00 a 6:00 horas y de 18:30 a 23:59 horas condicionado a que circulen con dos carros piloto, uno en la parte frontal y otro en la parte trasera.
  • Los días 8, 17 y 18 de abril de 2020 para cualquier tipo de camino de las 6:00 a las 14:00 horas de conformidad con lo señalado en los numerales 5.5.1.1 y 5.5.2.1 de la NOM-040-SCT-2-2012.
  • Los días 3 al 5 de abril, así como del 9 al 13 de abril y 19 de abril de 2020, deberán suspender totalmente su tránsito.”

En dicho sentido, y con la finalidad de que puedan corroborar la información que es proporcionada a través del presente medio electrónico, les compartimos la liga correspondiente:

https://www.dof.gob.mx/notadetalle.php?codigo=5590698&fecha=30/03/2020

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