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MEDIDAS ADOPTADAS POR LA UNIÓN EUROPEA, ANTE LA EMERGENCIA SANITARIA A CONSECUENCIA DEL COVID-19.
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El día de ayer, 01 de abril de la presente anualidad, la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior, dependiente de la Secretaría de Economía, dio a conocer a través de su portal en internet SNICE – Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior- las medidas adoptadas por la Unión Europea, ante la emergencia sanitaria a consecuencia del brote del COVID-19, a nivel mundial.
Respecto a lo anterior, la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior, a cargo del Licenciado Juan Díaz Mazadiego, emitió el oficio número 414.2020.874, de fecha 01 de abril de 2020, a través del cual, hace de conocimiento lo siguiente:
Oficio Número 414.2020.874.-
“[…] Hago referencia al oficio Ref. Ares(2020)1802184 de fecha 27 de marzo de 2020, mediante el cual la Dirección General de Unión de Impuestos y Aduanas de la Comisión Europea, informa que derivado del “Estado de Emergencia” a consecuencia del brote del COVID-19, y con la finalidad de atender esta situación excepcional y crítica, así como facilitar el comercio ante la Unión Europea, las preferencias arancelarias puedan ser solicitadas con las copias de los certificados de origen y hacer un uso mayor de la figura del exportador autorizado (se remite el oficio de referencia). […]”
Dicho oficio, fue dirigido a la Administración General de Aduanas, a cargo del Licenciado Ricardo Ahued Bardahuil, con la finalidad de hacer extensivo el comunicado a todas las aduanas del país, y aceptar los Certificados de Origen emitidos por los países miembros de la Unión Europea, aplicando las preferencias arancelarias.
Para pronta referencia, se comparte la liga correspondiente a través la cual podrán encontrar el oficio al que se hace mención en párrafos anteriores.
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