Estimados clientes,
A través del presente medio se hace de su conocimiento que, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el día de hoy, 24 de julio de 2020, publicó en el DOF la “Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020”; de lo anterior se realizan las siguientes reformas, adiciones y derogaciones:
Se adicionael numeral 65 bis. a la fracción II “ACRÓNIMOS”:
- 3.3.13.
- 3.3.14.
- 7.1.4., fracción III del primer párrafo.
- 7.2.2., fracción IV del Apartado C y los párrafos tercero y cuarto de la regla, pasando el actual quinto párrafo a ser tercer párrafo.
- 7.2.3., octavo y noveno párrafos, pasando los actuales décimo y décimo primero párrafos a ser párrafos octavo y noveno, respectivamente.
- 7.2.7., cuarto párrafo, pasando los actuales quinto y sexto párrafos a ser párrafos cuarto y quinto, respectivamente.
- 7.3.7.
Modificación a Anexos
Se reforman:
- El Anexo 1 “Formatos de Comercio Exterior” y su denominación para quedar como “Formatos y Modelos de Comercio Exterior”.
- La ficha de trámite 72/LA “Solicitud de donación de mercancías en casos de desastres naturales”, del Anexo 1- A “Trámites de Comercio Exterior”.
- En el Apéndice 8 “Identificadores” del Anexo 22 “Instructivo para el llenado del Pedimento”: el numeral 1, del Complemento 1, de la Clave “AV”; el segundo párrafo del Complemento 1, de la clave “CI”; el Complemento 1, de la clave “IC”; el supuesto de aplicación de la clave “G9”; el Complemento 1, de la clave “NS”; el supuesto de aplicación y el Complemento 2 de la clave “PI”; el supuesto de aplicación de la clave “TU”, y el supuesto de aplicación y el Complemento 3 de la clave “V5”.
- El sexto párrafo, del numeral 3, del Apartado B, del cuarto párrafo de la fracción I del Anexo 24 “Sistema automatizado de control de inventarios”.
- La fracción XIII del Anexo 26 “Datos inexactos u omitidos de las Normas Oficiales Mexicanas contemplados en la regla 3.7.20.”.
- El numeral 3, sub numerales 3.3., incisos a), b), fracción II y c) y 3.6., del Anexo 31.
Se adicionan:
- La ficha de trámite 140/LA “Aviso de ampliación de plazos para cumplir con requerimientos de empresas certificadas”, al Anexo 1-A “Trámites de Comercio Exterior”.
- El país Croacia, su clave y nombre de moneda al Apéndice 5 “CLAVES DE MONEDA” al Anexo 22 “Instructivo para el llenado del Pedimento”.
- Se derogan las fichas de trámite 70/LA “Otorgar inscripción en el Registro de Personas Donantes del Extranjero de mercancías para la atención de requerimientos básicos de subsistencia en materia de salud” y 71/LA “Renovación del Registro de Personas Donantes del Extranjero de mercancías para la atención de requerimientos básicos de subsistencia en materia de salud”, del Anexo 1- A “Trámites de Comercio Exterior”.
Modificación a Transitorios
- Se reforman los transitorios Primero, fracción II; Décimo Primero; Décimo Segundo y Décimo Tercero.
- Se derogan los transitorios Octavo, Noveno y Décimo.
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, con algunas excepciones.
Por la naturaleza y extensión del documento, se recomienda revisar el extracto del DOF, esto a través del siguiente enlace: http://dof.gob.mx/2020/SHCP/1_RM_RGCE_2020.pdf
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