DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN 2022

Estimado Cliente,

Hacemos de su conocimiento que, el día 07 de junio de 2022, la Secretaría de Economía (SE) publicó a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el “Decreto por el que se expide la Ley de Impuestos Generales de Importación y de Exportación”, al tenor de lo siguiente:

  • Publicación en DOF: https://bit.ly/3QgE6Xs
  • Fecha de publicación: 07 de junio de 2022
  • Fecha de inicio de vigencia: A los 10 días hábiles posteriores de la publicación del SAT en la que comunique que los sistemas utilizados en el comercio exterior se encuentran listos conforme a la Ley que se emite, dentro de los 180 días siguientes a su publicación.

IMPORTANTE

Las menciones contenidas en otras Leyes, Reglamentos, Decretos, Acuerdos y demás disposiciones , se publicarán próximamente por ese medio de información oficial, en los periodos siguientes:

  • Metodología para la creación y modificación de los Números de Identificación Comercial, 20 días naturales posteriores a la presente publicación.
  • Números de Identificación Comercial (NICOS) y tablas de correlación de fracciones arancelarias y NICOS, 40 días naturales posteriores a la presente publicación.
  • Notas Nacionales, 60 días naturales posteriores a la presente publicación.
  • Instrumentos jurídicos cuyo contenido debe actualizarse como consecuencia de la entrada en vigor de la presente Ley, 90 días naturales posteriores a la presente publicación.

CAMBIOS RELEVANTES

  • Cambia la estructura de la partida 30.02 a nivel subpartida, derivado que las vacunas que se encontraban en las subpartidas 3002.20 y 3002.30, quedan comprendidas en la nueva subpartida virtual 3002.4.
  • Se crea la subpartida 3002.5 virtual, para clasificar los cultivos de células, los cuales son distintos a los cultivos de microorganismos de la partida 38.21.
  • Respecto al papel Kraft de la partida 48.04 se corrige la subpartida 4804.3 virtual, en donde se hacía mención del gramaje por g/m2, derivado que se contemplaba 15g/m2, quedando de la siguiente manera: 150g/m2.
  • Se crea la partida 88.06 para incluir las aeronaves no tripuladas, de igual manera se crean diversas subpartidas para clasificar dichas aeronaves en: diseñadas para transportar pasajeros, las diseñadas para ser teledirigidas y las demás distintas a estas últimas.

DATOS DE INTERÉS

  • 531 fracciones creadas.
  • 594 fracciones modificadas.
  • 243 fracciones eliminadas.

La nueva LIGIE permitirá la identificación de mercancías con mayor detalle y también incluye las recomendaciones de la “Séptima Enmienda de la OMA”, las cuales implican adecuaciones a las fracciones arancelarias de las mercancías, esto acorde con el actual flujo de productos en el comercio internacional.

Los ajustes relevantes están relacionados con temas tecnológicos, ambientales y sociales, entre estas:

  1. Químicos que pueden ser considerados como mercancías de uso dual para la creación de psicotrópicos; e incluso aquellos que influyen en el calentamiento global.
  2. Desperdicios y desechos electrónicos y eléctricos.
  3. Drones (vehículos aéreos no tripulados) multipropósito.
  4. Impresoras 3D.
  5. Paneles solares.
  6. Teléfonos inteligentes smartphones.
  7. Pantallas sensibles al tacto, entre otros.

OBJETIVOS DE LA NUEVA LIGIE 2022

Incorporar cambios y reformas que ha sufrido el Sistema Armonizado, todas ellas propuestas por la Organización Mundial de Aduanas (OMA), en este caso la implementación de la Séptima Enmienda, en el siguiente contexto:

  • Creación de Partidas Arancelarias.
  • Identificación y Regulación de ciertas mercancías que causen un impacto social y medioambiental.
  • Adaptación a nuevos flujos comerciales y avances tecnológicos.
  • Armonizar el idioma español utilizado en la nomenclatura utilizada con los países miembros del COMALEP.
  • Creación y modificación de fracciones arancelarias.

Atentamente,

Gomsa⊕

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