Buscar
MANTENTE INFORMADO Y SUSCRÍBETE:
CATEGORÍAS
-
LO ÚLTIMO EN NUESTRO BLOG
- SE RESTRINGE LA IMPORTACIÓN DE AVES Y MERCANCÍA AVÍCOLA PROCEDENTES DEL CONDADO DE CLACKAMAS, OREGÓN, EUA
- SE RESTRINGE LA IMPORTACIÓN DE AVES Y MERCANCÍA AVÍCOLA PROCEDENTE DE LOS CONDADOS DE KERN Y PIUTE, CALIFORNIA, EUA
- AVISO – BLOQUEO EN ADUANA CIUDAD HIDALGO, SUCHIATE II
- RESOLUCIÓN – SE DAN A CONOCER LOS CORREOS ELECTRÓNICOS PARA TRÁMITES ANTE LA DGFCCE
- MODIFICACIÓN – HOJA DE REQUISITOS ZOOSANITARIOS “BOVINOS DE ENGORDA TERMINAL” PARA LA IMPORTACIÓN DE GANADO DE GUATEMALA
SERVICIOS LOGÍSTICOS
ANTEPROYECTO: ACUERDO QUE ESTABLECE LAS MERCANCÍAS CUYA EXPORTACIÓN ESTÁ SUJETA A REGULACIÓN DE LA SECRETARÍA DE CULTURA
Estimado Cliente,
Hacemos de su conocimiento que, la Secretaría de Economía ha dado a conocer el “Acuerdo que modifica al diverso que establece las mercancías cuya exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Cultura”, al tenor de lo siguiente:
- Publicación del Acuerdo: https://cofemersimir.gob.mx/portales/resumen/54020
- Acuerdo: ACUERDO MODIFICA CULTURA 7MA ENMIENDA
- Inicio de vigencia: El mismo día en el cual entrará en vigor la nueva LIGIE.
IMPORTANTE
El 07 de junio de 2022 se publicó en el DOF la nueva Ley de Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE) que introduce la Séptima Enmienda a los textos de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y precisa que la Secretaría de Economía y las demás dependencias competentes, dentro de los 90 días naturales posteriores a la publicación de la nueva LIGIE, deberán publicar los instrumentos jurídicos cuyo contenido deba actualizarse.
El 14 de julio de 2022 se publicó en el DOF al Acuerdo por el que se dan a conocer las tablas de correlación entre las fracciones arancelarias de la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (TIGIE) 2020-2022.
El objetivo es reformar el contenido del Anexo I del Acuerdo que establece las mercancías cuya exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Cultura. Con el fin de armonizar las fracciones arancelarias y número de identificación comercial (NICO), con los cambios que incorporará la nueva LIGIE.
Los documentos que se hayan expedido previos a la entrada en vigor del Acuerdo, seguirán aplicándose hasta su vencimiento y podrán continuar siendo utilizados para los efectos que fueron emitidos, siempre y cuando la descripción de las mercancías coincida con las representadas ante la autoridad aduanera.
La correspondencia entre las fracciones arancelarias vigentes hasta el día previo al de la entrada en vigor de la LIGIE 2022 y las vigentes a partir de la entrada en vigor de dicha ley, será conforme a las tablas de correlación entre la TIGIE 2020 y 2022.
Este acuerdo prevé entrar en vigor el mismo día que entrará en vigor la nueva LIGIE publicada el 07 de junio de 2022. A los 10 días hábiles siguientes a aquel en el que el SAT, mediante disposiciones de carácter general, determine que los sistemas utilizados en las operaciones de comercio exterior se encuentren listos para operar conforme a la nueva LIGIE, lo cual deberá suceder dentro de los 180 días siguientes a su publicación.
Atentamente,
Gomsa⊕
Esta entrada fue publicada en ADUANAS, AVISOS GENERALES, AVISOS IMPORTANTES, RECOMENDACIONES A NUESTROS CLIENTES. Guarda el enlace permanente.