AVISO – MONTO DEL CUPO MÁXIMO PARA EXPORTAR AZÚCAR A EUA

Estimado Cliente,

Hacemos de su conocimiento que, el día 19 de septiembre de 2022, la Secretaría de Economía (SE) publicó a través del Diario Oficial de la Federación (DOF) el Aviso mediante el cual se da a conocer el monto del cupo máximo para exportar azúcar a los Estados Unidos de América durante el periodo comprendido entre el 01 de octubre de 2022 y el 30 de septiembre de 2023, al tenor de lo siguiente:

ANTECEDENTES

El Acuerdo por el que se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar y se establece un cupo máximo para su exportación, publicado en el DOF el 05 de octubre de 2017, y modificado mediante diverso publicado en el mismo órgano de difusión oficial el 27 de diciembre de 2020, establece un cupo máximo para exportar a los Estados Unidos de América (EUA), azúcar originaria de los Estados Unidos Mexicanos que derive de la caña de azúcar o de remolacha.

En el Punto 13 del Acuerdo se establece la fórmula para determinar el monto del cupo total de cada ciclo azucarero, el cual será determinado en toneladas métricas valor crudo. Dicho monto se calculará en julio de cada año, este igual tendrá ajustes ordinarios en los meses de septiembre, diciembre y marzo de cada ciclo azucarero, y será dado a conocer por la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior, y la Dirección General de Industrias Ligeras de la Secretaría de Economía, mediante aviso publicado en el DOF y en la página electrónica http://www.snice.gob.mx.

AVISO

En cumplimiento a lo establecido en el Punto 13 del Acuerdo por el cual se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar y se establece un cupo máximo para su exportación, se da a conocer el monto del cupo total al mes de julio de 2022, para exportar a los Estados Unidos de América azúcar originaria de los Estados Unidos Mexicanos, que derive de la caña de azúcar o de remolacha, durante el periodo comprendido entre el 01 de octubre de 2022 y el 30 de septiembre de 2023:

De conformidad con el Punto 15, segundo párrafo, inciso a) del Acuerdo, sólo se podrán asignar 517,306.251 TMVC.

Atentamente,

Gomsa

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