Buscar
MANTENTE INFORMADO Y SUSCRÍBETE:
CATEGORÍAS
-
LO ÚLTIMO EN NUESTRO BLOG
- ANTEPROYECTO – ACUERDO DE AMPLIACIÓN A LA VIGENCIA CUPO PARA IMPORTAR JUGUETES Y PRODUCTOS PARA BEBÉ
- RESTRICCIÓN A LA IMPORTACIÓN DE AVES Y MERCANCÍA AVICOLA PROCEDENTE DE LOS ESTADOS DE WISCONSIN Y ALABAMA, EUA.
- AVISO – AJUSTE ORDINARIO MONTO DEL CUPO MÁXIMO PARA EXPORTAR AZÚCAR A LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
- RESOLUCIÓN – EXAMEN DE VIGENCIA CUOTA COMPENSATORIA IMPORTACIONES OLLAS DE PRESIÓN DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA
- CONSULTA TU CUENTA Y MANTÉN TUS PAGOS AL DÍA
SERVICIOS LOGÍSTICOS
ANTEPROYECTO CONAMER: ACUERDO QUE DA A CONOCER LA DECISIÓN NO. 13 DE LA COMISIÓN DE LIBRE COMERCIO
Estimado Cliente,
Hacemos de su conocimiento que, la Secretaría de Economía dio a conocer como Anteproyecto CONAMER, el “Acuerdo por el que se da a conocer la Decisión No. 13 de la Comisión de Libre Comercio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico. Actualización del anexo 4.2 (requisitos específicos de origen) al Sistema Armonizado 2017, adopta el 25 de enero de 2022 y su Anexo”, con número de expediente 03/0069/270922, al tenor de lo siguiente:
- Publicación del Acuerdo: https://cofemersimir.gob.mx/portales/resumen/53823
- Acuerdo: ANTEPROYECTO CONAMER
- Inicio de vigencia: al día siguiente de su publicación en el DOF.
IMPORTANTE
El 17 de julio de 2015 se publicó en el DOF el Decreto Promulgatorio del Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, el cual está suscrito en Paranal, Antofagasta, República de Chile, el 6 de junio de 2012, mediante el cual la República de Colombia, Republica de Chile, los Estanos Unidos Mexicanos y la República del Perú constituyen la Alianza del Pacífico como un área de integración regional.
El objetivo de este acuerdo es dar a conocer la decisión no. 13 de la Comisión de Libre Comercio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, que se suscribió en la Bahía Málaga, Buenaventura, República de Colombia suscitada el 25 de enero de 2022. Ésta consiste en la actualización del Anexo 4.2, con el fin de armonizar las fracciones arancelarias con los textos relativos al Sistema Armonizado 2017 de la SEXTA enmienda.
La decisión entrará en vigor el 15 de noviembre de 2022, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2 de la decisión no. 13 de la Comisión de Libre Comercio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico.
Atentamente,
Gomsa
Esta entrada fue publicada en ADUANAS, AVISOS GENERALES, AVISOS IMPORTANTES, EXTRACTO DEL D.O.F., RECOMENDACIONES A NUESTROS CLIENTES. Guarda el enlace permanente.