CONAMER – ANTEPROYECTO DEL ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICARÁN LAS REGLAS Y CRITERIOS DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA

JU-0086/2023

Estimado Cliente,

Hacemos de su conocimiento que, la Secretaría de Economía (SE) dio a conocer como Anteproyecto CONAMER, el “Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior”, con número de expediente 03/0022/080623.

  • Ver acuerdo:
  • Vigencia: prevé entrar en vigor el 01 de julio de 2023.

ANTECEDENTES

  • El 09 de mayo de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que la SE emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior, modificado mediante diversos publicados en el mismo órgano de difusión oficial el 10 de octubre de 2022, 25 de noviembre de 2022, y el 13 de enero de 2023
  • El 25 de mayo de 2023, se dio a conocer por medio del portal de la CONAMER el anteproyecto del Acuerdo que modificará al diverso por el que se dan a conocer los Números de Identificación Comercial (NICO) y sus tablas de correlación (dado a conocer en el boletín JU-0077/2023) mismo que a la fecha se encuentra pendiente de publicación en el DOF, pero prevé entrar en vigor el 01 de julio de 2023.

OBJETIVOS

  • Ante la inevitable entrada en vigor y publicación del Acuerdo que modifica a las NICO, el presente Acuerdo prevé armonizar los NICO contenidos en el Acuerdo de Reglas y sus anexos.

IMPORTANTE

  • Anexo 2.2.1: Prevé adicionar al numeral 8, frac. II y al numeral 8 Bis, frac. II del mismo anexo del Acuerdo de Reglas y sus posteriores modificaciones, los NICO que se indican en el orden siguiente:

8, fracción II:

8 bis, fracción II:

Anexo 2.2.2: Añadirá los NICO al numeral 7, frac. II y al numeral 7 Bis, frac II del anexo 2.2.2 de la manera siguiente:

7, fracción II:

7 bis, fracción II:

Anexo 2.4.1: Prevé adicionar al numeral 1 y numeral 3, fracciones I, III, y XI del anexo 2.4.1, los siguientes NICOs:

1:

3, frac. I:

3, frac. III:

3, frac. XI:

Finalmente se prevé suprimir de los Anexos 2.2.1, 2.2.2 y 2.4.1 del Acuerdo en mención y sus posteriores modificaciones, los NICO que se indican a continuación:

Atentamente,
Gomsa

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