Buscar
MANTENTE INFORMADO Y SUSCRÍBETE:
CATEGORÍAS
-
LO ÚLTIMO EN NUESTRO BLOG
- ACUERDO – DÍAS QUE NO SE CONSIDERARÁN HÁBILES POR LA SECRETARÍA DE ENERGÍA
- RESOLUCIÓN FINAL – INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING IMPORTACIONES DE MICROALAMBRE PARA SOLDAR ORIGINARIAS DE VIETNAM
- TERCERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2024 Y ANEXO 2
- RESOLUCIÓN – INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING IMPORTACIONES DE PIÑA EN ALMÍBAR
- RESOLUCIÓN – INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO CUOTA COMPENSATORIA IMPORTACIONES DE PIERNA Y MUSLO DE POLLO
SERVICIOS LOGÍSTICOS
PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA – PROY-NOM04ENER2024
JU-0119-2024
Estimado Cliente,
Le informamos que la Secretaría de Economía (SE), a través de una publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) con fecha del 05 de septiembre de 2024, compartió avances del anteproyecto de NOM relativo a la eficiencia energética para el conjunto de motorbombas para el bombeo de agua limpia.
El objetivo de este proyecto de NOM establece el valor máximo del índice de energía de la bomba (IEB) que deben cumplir los conjuntos motor-bomba y motobombas para manejo de agua limpia, (…).
Este proyecto aplica para el conjunto de motorbomba y motobomba, que utilizan motores monofásicos de inducción tipo jaula de ardilla, para el manejo de agua limpia en potencias de 0.129 kW hasta 1,492 k, importados, fabricados o comercializados en México.
Todos los conjuntos de motorbomba o motobomba para manejo de agua limpia, objeto de este proyecto, deben llevar al menos una etiqueta de datos que proporcione a los usuarios información sobre el IEB de este producto.
Para obtener el certificado de conformidad de producto, el interesado (fabricante, importador, comercializador) puede optar por la modalidad de certificación de pruebas periódicas, o por la certificación mediante el sistema de gestión de la calidad, debiendo presentar su documentación ante el organismo de certificación de producto (OCP).
Considerar que la NOM-004-ENER-2014 se encuentra en el acuerdo por el que la SE emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior, sujetando a su cumplimiento a la mercancía clasificada en las fracciones arancelarias: 8413.60.01, 8413.60.99, 8313.70.99, 8413.81.99 y 8413.82.01
Puede leer la información completa en el siguiente enlace: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5738316&fecha=05/09/2024#gsc.tab=0
Atentamente,
Gomsa
Esta entrada fue publicada en AVISOS GENERALES, EXTRACTO DEL D.O.F., RECOMENDACIONES A NUESTROS CLIENTES. Guarda el enlace permanente.