JU-099-2025
Estimado Cliente,
Le informamos que la Secretaría de Energía (SENER) dio a conocer el anteproyecto CONAMER “Norma Oficial Mexicana NOM-014-ENER-2025, Eficiencia energética de motores eléctricos de corriente alterna, monofásicos, de inducción, tipo jaula de ardilla, enfriados con aire, en potencia nominal de 0.180 kW a 2.238 kW. Límites, método de prueba y marcado”, del cual se comparten los siguientes puntos relevantes:
Objeto:
- Esta Norma establece los valores mínimos de eficiencia energética, el método de prueba, los requisitos de marcado y el procedimiento de evaluación de la conformidad; aplicable a los motores eléctricos de corriente alterna, monofásicos, de inducción, tipo jaula de ardilla, enfriados con aire, ya sea abiertos o cerrados, de régimen continuo, de una sola velocidad de rotación, con potencia nominal de 0.180 kW hasta 2.238 kW, de 2, 4 o 6 polos, de fase dividida, o de arranque por capacitor, o con dos capacitores, o de capacitor permanente conectado, los cuales se importen, fabriquen o comercialicen dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos.
Placa o Etiqueta de datos:
Todos los motores deben contar con al menos una placa o etiqueta de datos, esta debe ser:
- Permanente.
- Legible e indeleble.
- Debe estar adherida o sujeta mecánicamente a la envolvente o carcasa en el cuerpo principal.
- En un lugar visible.
No se admite la colocación de dicha etiqueta/placa, en tapas, bridas o accesorios, que puedan ser retirados del cuerpo principal del motor, provocando la pérdida de rastreo del motor.
El fabricante, importador o comercializador debe garantizar que el material, estilo, tipografía y distribución de información en la placa o etiqueta de datos ingresada al momento de evaluar la conformidad del producto sea la misma que se utilice durante la comercialización del mismo.
La información mínima que se debe marcar en la placa o etiqueta de datos del motor debe estar contenida en idioma español es:
- NOM-014-ENER-2025.
- Nombre del fabricante, importador, comercializador, o logotipo o marca registrada.
- Modelo designado por el fabricante o distribuidor utilizado para identificación comercial.
- Indicar el tipo de motor (de fase dividida, o de arranque por capacitor, o con dos capacitores, o de capacitor permanente conectado).
- Indicar que se trata de régimen continuo.
- Tipo de enclaustramiento (motor eléctrico abierto o motor eléctrico cerrado).
- País de origen de fabricación.
- La eficiencia nominal, en por ciento, precedida del símbolo η (2 dígitos enteros y 1 decimal).
- La potencia nominal en kW.
- La tensión eléctrica en V.
- La frecuencia eléctrica en Hz.
- La velocidad de rotación en min-1 o r/min.
Conforme a los transitorios del citado proyecto, este entrará en vigor de forma escalonada en 2 Etapas conforme se menciona en el mismo, a partir del día siguiente de su publicación en el DOF.
Al momento de la entrada en vigor de la presente NOM, se cancela y sustituye la NOM-014-ENER-2004, publicada el 19 de abril de 2005.
Por la importancia de lo anterior, se comparte el archivo de ante proyecto mencionado para su conocimiento y lectura en su totalidad.
Atentamente,
Gomsa