EXAMEN DE VIGENCIA CUOTAS COMPENSATORIAS IMPORTACIONES DE FREGADEROS DE ACERO INOXIDABLE DE REPÚBLICA POPULAR CHINA

JU-0116-2025

Estimado Cliente,

Le informamos que la Secretaría de Economía publicó el día de hoy la “RESOLUCIÓN por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de fregaderos de acero inoxidable de la República Popular China, independientemente del país de procedencia”, de la cual se comparten los siguientes puntos clave:

  1. Se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de fregaderos de acero inoxidable originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de la fracción arancelaria 7324.10.01 de la TIGIE, o por cualquier otra.
  2. Se fija como periodo de examen el comprendido del 1 de abril de 2024 al 31 de marzo de 2025 y como periodo de análisis el comprendido del 1 de abril de 2020 al 31 de marzo de 2025.
  3. De conformidad con los artículos 11.3 del Acuerdo Antidumping, 70, fracción II y 89 F de la LCE, las cuotas compensatorias definitivas a que se refieren los puntos 1 y 2 de la presente Resolución, continuarán vigentes mientras se tramita el presente procedimiento de examen de vigencia. De igual manera, se podrá garantizar el pago de las cuotas compensatorias definitivas en los términos y con fundamento en el artículo 94 del RLCE.
  4. De conformidad con los artículos 6.1 y 11.4 del Acuerdo Antidumping, y 3o., último párrafo y 89 F de la LCE, los productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquier persona que acredite tener interés jurídico en el resultado de este procedimiento de examen de vigencia, contarán con un plazo de 28 días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar la respuesta al formulario establecido para tal efecto, así como los argumentos y las pruebas que consideren convenientes. El plazo de 28 días hábiles se contará a partir del día siguiente de la publicación en el DOF de la presente Resolución. De conformidad con el «Acuerdo por el que se establecen medidas administrativas en la Secretaría de Economía con el objeto de brindar facilidades a los usuarios de los trámites y procedimientos que se indican» publicado en el DOF el 4 de agosto de 2021 y el «Acuerdo por el que se da a conocer el domicilio oficial de la Secretaría de Economía y las unidades administrativas adscritas a la misma» publicado en el DOF el 7 de diciembre de 2023, la presentación de la información podrá realizarse vía electrónica a través de la dirección de correo electrónico upci@economia.gob.mx de las 09:00 a las 18:00 horas, o bien, en forma física de las 9:00 a las 14:00 horas en el domicilio ubicado en Calle Pachuca número 189, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, en la Ciudad de México.

Por la importancia de lo anterior, se anexa la publicación, así como el enlace para su lectura en su totalidad.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5756768&fecha=08/05/2025#gsc.tab=0

Atentamente,
Gomsa

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