RECORDATORIO – AVISOS AUTOMÁTICOS DE EXPORTACIÓN

Estimado Cliente,

En relación a la publicación realizada en el Diario Oficial de la Federación el 03 de junio del presente, respecto a las mercancías de exportación reguladas en el ACUERDO QUE SUJETA AL REQUISITO DE AVISO AUTOMÁTICO DE EXPORTACIÓN, nos permitimos hacer un cordial recordatorio que, mediante el oficio No. 516.2025.1850 del 03 de junio de 2025, la Secretaría de Economía publicó lo siguiente:

  • Que se considera necesario prorrogar la aplicabilidad del Acuerdo, en apoyo a las operaciones de las empresas que exportan las mercancías señaladas en el mismo.
  • Se prórroga hasta el 7 de julio de 2025, la aplicabilidad del Acuerdo que sujeta al requisito de aviso Automático de Exportación las mercancías que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de junio de 2025.
  • Las solicitudes de aviso automático de exportación serán recibidas a partir del 30 de junio de 2025. Por Io que no serán tomadas en cuenta las solicitudes que se reciban en una fecha anterior a la señalada.
  • El correo para enviar las solicitudes será: exportacion@economia.gob.mx.
  • Las dudas serán atendidas en el correo: snice@economia.gob.mx.

Asimismo, en el Boletín B. SNICE 004/2025, la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior, emite las recomendaciones para la solicitud de Aviso Automático de Exportación, documento que contiene:

  • Consideraciones para el envío de solicitud.
  • Motivos por los cuales podría no recibir folio de seguimiento.
  • Llenado del formato Excel.

Por lo anteriormente expuesto, le recomendamos tomar las debidas precauciones sobre el tema, con el objetivo de que sus operaciones no presenten afectaciones.

Puede consultar esta información en los documentos oficiales compartidos por la autoridad:

Atentamente,
Gomsa

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