ANTEPROYECTO CONAMER – NOM-036-ENER/SE-2025- EFICIENCIA TÉRMICA Y SEGURIDAD DE ESTUFAS QUE FUNCIONAN CON LEÑA

JU-0189-2025

Estimado Cliente,

Le informamos que la Secretaría de Energía (SENER) dio a conocer el anteproyecto CONAMER “NORMA OFICIAL MEXICANA, NOM-036-ENER/SE-2025 Eficiencia térmica y seguridad de estufas que funcionan con leña. Especificaciones, métodos de prueba y marcado”, del cual se comparten los siguientes puntos relevantes:

Objetivo

  • La presente Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones de desempeños térmicos y seguridad; así como los métodos de prueba, el Procedimiento de Evaluación de la Conformidad y el marcado, aplicable a las estufas para cocinar que utilizan leña como combustible, que cuentan con una cámara de combustión, que se fabriquen, importen, comercialicen, construyan o se ensamblen en los Estados Unidos Mexicanos. Esto con el propósito de promover un uso eficiente de los recursos energéticos, prevenir el peligro a los consumidores y para la conservación de sus bienes.

Marcado

  • El titular (fabricante, importador o comercializador) es quien propone el valor de eficiencia térmica en baja y alta potencia que debe utilizarse en el marcado del modelo o familia que desee certificar, este valor debe cumplir con las siguientes condiciones:
    1. Ser siempre igual o mayor que el valor de eficiencia térmica mínima establecida en la Tabla 1 de la presente Norma Oficial Mexicana.
    2. El valor de eficiencia térmica en baja y alta potencia obtenido en cualquier prueba de cada una de las muestras (certificación inicial, renovación, muestreo, ampliación, etc.) debe ser igual o mayor que el valor que se indica en el marcado de eficiencia térmica, en caso contrario sólo se debe permitir un decremento de 10 % de variación siempre y cuando este valor no sea menor que el límite mínimo permisible que se indica en la Tabla 1.
  • Las estufas que funcionan con leña objeto de esta Norma Oficial Mexicana, que se comercialicen en los Estados Unidos Mexicanos, deben llevar un marcado que proporcione a los usuarios información sobre la eficiencia térmica y seguridad (tipo de uso) del producto.

Conforme a los transitorios del citado proyecto, la presente NOM-036-ENER/SE-2025, entrará en vigor a los 180 días naturales contados a partir del día siguiente de su publicación en el DOF.

Las estufas que funcionan con leña comprendidas dentro del campo de aplicación de esta Norma Oficial Mexicana, que sean fabricadas o construidas en el territorio nacional, o hayan ingresado legalmente al país, o bien que se encuentren en tránsito, de conformidad con el conocimiento de embarque correspondiente, antes de la entrada en vigor de esta regulación; pueden ser comercializadas hasta su agotamiento, sin mostrar cumplimiento con la misma.

Por la importancia de lo anterior, se comparte el archivo de ante proyecto mencionado para su conocimiento y lectura en su totalidad.

Atentamente,

Gomsa

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