VUCEM – APARTADO DE RESTRICCIÓN DE IMPORTACIONES DE MERCANCÍAS DE TRABAJO FORZOSO U OBLIGATORIO

JU-0179-2025

Estimado Cliente,

Le informamos que la VUCEM publicó la Hoja Informativa No. 7: Inicio de funcionamiento del apartado sobre restricción de importaciones de mercancías producidas con trabajo forzoso u obligatorio en la VUCEM, en el cual informa que:

  • El Gobierno de México, a través de las Secretarías del Trabajo y Previsión Social (STPS), de Economía (SE) y de Hacienda y Crédito Público (SHCP), informa que el día de hoy inicia el funcionamiento del apartado de la STPS en la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM), para la recepción de solicitudes del Mecanismo para Restringir la Importación de Mercancías Producidas con Trabajo Forzoso u Obligatorio.
  • A partir de la fecha de emisión del presente aviso, todas las solicitudes de investigación que los particulares deseen presentar, podrán realizarse a través de la VUCEM.

Lo anterior, respondiendo al compromiso asumido por el Gobierno de México como Parte del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), que en el artículo 23.6 del Capítulo Laboral establece el objetivo de las Partes de eliminar todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio, incluido el trabajo infantil forzoso u obligatorio, donde se acordó prohibir la importación de mercancías a sus territorios, producidas en su totalidad o en parte por estas prácticas ilegales de empleo.

Cualquier duda o comentario acerca de la operación del trámite puede enviarla a los correos ventanillaunica@sat.gob.mx y contactovucem@sat.gob.mx.

Dudas de tipo normativo deben enviarse a buzontrabajoforzoso@stps.gob.mx.

Se comparte la citada hoja informativa para su consulta y visualización en su totalidad.

Atentamente,
Gomsa

Esta entrada fue publicada en AVISOS GENERALES, RECOMENDACIONES A NUESTROS CLIENTES. Guarda el enlace permanente.