Estimado Cliente,
Le informamos que, de conformidad con lo establecido en el oficio adjunto, el “Acuerdo que sujeta al requisito de aviso automático de exportación las mercancías que se indican”, publicado el 3 de junio de 2025 en el Diario Oficial de la Federación, dejará de ser aplicable a partir del 11 de agosto de 2025, fecha señalada en la última prórroga.
A partir de dicha fecha y en adelante, ya no será necesario presentar avisos automáticos de exportación para las mercancías comprendidas en el referido Acuerdo, independientemente de que la publicación oficial de su abrogación se haya realizado o no en el Diario Oficial de la Federación.
Le invitamos a consultar el oficio para mayor información:
Reciba un cordial saludo.
Atentamente,
Gomsa