DECISIÓN NO. 124 – TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE MÉXICO Y COLOMBIA

JU-0228-2025

Estimado Cliente,

Le informamos que la Secretaría de Economía publicó, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el “ACUERDO por el que se da a conocer la Decisión No. 124 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia, adoptada el 23 de junio de 2025”, del cual se comparte lo siguiente:

DECISIÓN No. 124

Dispensa temporal para la utilización de materiales producidos u obtenidos fuera de la zona de libre comercio para que determinados bienes textiles y del vestido reciban el trato arancelario preferencial establecido en el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia.

DECIDE:

Otorgar por el período del 22 de julio de 2025 al 21 de julio de 2026, una prórroga para los insumos de la dispensa temporal adoptada por la Comisión Administradora del Tratado referidos en los numerales 1 y 2 de la Decisión No. 119, de fecha 27 de mayo de 2024, mediante la cual los Estados Unidos Mexicanos aplicarán el arancel de importación correspondiente a los bienes originarios previstos en su calendario de desgravación del Anexo 1 al artículo 3-04 del Tratado a:

  • Ciertos bienes textiles clasificados en las subpartidas del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías: 10, 6005.36, 6005.37, 6005.38, 6005.39, 6006.31, 6006.32, 6006.33, 6006.34, 6104.63, 6105.20, 6106.20, 6108.22, 6112.31, 6112.41, 6212.10, 6212.20, y 6212.90, elaborados totalmente en la República de Colombia utilizando los materiales producidos u obtenidos fuera de la zona de libre comercio, cuya descripción y clasificación a nivel de fracción arancelaria se menciona en las columnas A y B de la Tabla de esta Decisión; y que cumplan con los demás requisitos establecidos en la regla de origen correspondiente, así como con las demás condiciones aplicables para el trato arancelario preferencial de conformidad con el Tratado.

El presente Acuerdo entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Por la importancia de lo anterior, se anexa el enlace de la publicación para su consulta y lectura en su totalidad.
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5765139&fecha=11/08/2025#gsc.tab=0

Atentamente,
Gomsa

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