EXAMEN VIGENCIA CUOTA COMPENSATORIA – IMPORTACIONES SULFATO DE AMONIO ORIGINARIAS DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

JU-0301-2025

Estimado Cliente,

Le informamos que la Secretaría de Economía publicó, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), la “RESOLUCIÓN por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de sulfato de amonio originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia.”, de la cual se comparte lo siguiente:

  • Se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de sulfato de amonio, originarias de los Estados Unidos, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de la fracción arancelaria 3102.21.01 de la TIGIE, o por cualquier otra.
  • Se fija como periodo de examen el comprendido del 1 de julio de 2024 al 30 de junio de 2025, y como periodo de análisis el comprendido del 1 de julio de 2020 al 30 de junio de 2025.
  • Las cuotas compensatorias definitivas a que se refieren los literales a. y b. del punto 1 y el punto 4 de la presente Resolución, correspondientes a las importaciones originarias de Estados Unidos de América continuarán vigentes mientras se tramita el presente procedimiento de examen de vigencia. De igual manera, se podrá garantizar el pago de las cuotas compensatorias definitivas en los términos y con fundamento en el artículo 94 del RLCE.
  • Las productoras nacionales, importadoras, exportadoras, personas morales extranjeras o cualquier persona que acredite tener interés jurídico en el resultado de este procedimiento de examen de vigencia, contarán con un plazo de 28 días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar la respuesta al formulario establecido para tal efecto, así como los argumentos y las pruebas que consideren convenientes. El plazo de 28 días hábiles se contará a partir del día siguiente de la publicación en el DOF de la presente Resolución, la presentación de la información podrá realizarse vía electrónica a través de la dirección de correo electrónico upci@economia.gob.mx de las 09:00 a las 18:00 horas, o bien, en forma física de las 9:00 a las 14:00 horas en el domicilio ubicado en Calle Pachuca número 189, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, en la Ciudad de México.
  • El formulario a que se refiere el punto inmediato anterior se podrá obtener a través de la página de Internet https://www.gob.mx/se/acciones-y-programas/unidad-de-practicas-comerciales-internacionales-formularios-oficiales?state=published. Asimismo, se podrá solicitar a la cuenta de correo electrónico UPCI consultas@economia.gob.mx o en el domicilio de la Secretaría señalado en el punto anterior de la presente Resolución.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

Por la importancia de lo anterior, se anexa el enlace de la publicación citada para análisis y lectura en su totalidad:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5769625&fecha=09/10/2025#gsc.tab=0

Atentamente,
Gomsa

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