JU-0389-2025
Estimado Cliente,
Le informamos que, en atención a lo mencionado en la circular número JU-380-2025, la Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación los siguientes acuerdos:
- “ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DÍAS DE DICIEMBRE DE 2025 QUE NO SE CONSIDERAN HÁBILES POR LA SECRETARÍA DE SALUD, SUS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS”
- “ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DÍAS DEL AÑO 2026 QUE NO SE CONSIDERAN HÁBILES POR LA SECRETARÍA DE SALUD, SUS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS”
De los cuales se comparten algunos puntos relevantes:
No se considerarán hábiles los días comprendidos del 22 al 31 de diciembre de 2025, para efectos de los trámites, procedimientos administrativos y demás actividades que, en ejercicio de sus atribuciones, realiza la Secretaría de Salud, sus unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados.
Para efectos de las diligencias o actuaciones en los trámites, procedimientos administrativos y demás actividades que, en ejercicio de sus atribuciones, realiza la Secretaría de Salud, sus unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados, se considerarán como inhábiles en el año 2026, además de los sábados y domingos, los siguientes:
- 1 al 6 de enero;
- 2 de febrero;
III. 16 de marzo;
- 2 y 3 de abril;
- 1 y 5 de mayo;
- 16 de septiembre, y
VII. 2 y 16 de noviembre.
Los días inhábiles correspondientes al mes de diciembre de 2026, se darán a conocer en términos de lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
En los días referidos en las respectivas publicaciones, no se computarán los plazos y términos procesales que establecen las leyes, reglamentos y demás disposiciones aplicables, inclusive los correspondientes a los procedimientos administrativos que se substancien ante la Secretaría de Salud, salvo los procedimientos de contratación en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como en materia de obra pública y servicios relacionados con las mismas, además de la formalización de los instrumentos jurídicos respectivos.
La Secretaría de Salud, sus Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados proveerán todo lo necesario para que en todos los trámites que resulten indispensables y/o urgentes, se mantengan en labores el personal necesario para no afectar las funciones propias de los mismos y deberán garantizar la continuidad de operaciones para el cumplimiento de sus funciones esenciales, respetando los derechos humanos de las personas trabajadoras y de los usuarios de sus servicios.
Los acuerdos mencionados entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Por la importancia de lo anterior, se anexan los oficios correspondientes y los enlaces de consulta para su análisis y lectura en su totalidad.
Atentamente,
Gomsa
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