SE: DECISIÓN NO. 126 DE LA COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LOS MÉXICO Y COLOMBIA

JU-064-2026

Estimado Cliente,

Por medio del presente, le informamos que la Secretaría de Economía (SE) ha dado a conocer en la Plataforma Integral de Gobernanza Regulatoria el anteproyecto del “Acuerdo por el que se da a conocer la Decisión No. 126 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia, adoptada el 9 de febrero de 2026”, del cual se comparten algunos puntos a considerar:

  • El 22 de enero de 2026, conforme al artículo 6-23 del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia, el Comité de Integración Regional de Insumos (CIRI) recomendó a la Comisión del Tratado prorrogar la dispensa temporal establecida en el numeral 1 de las Decisiones No. 122 del 16 de enero de 2025 y No. 117 del 15 diciembre de 2023, permitiendo el uso de materiales producidos fuera de la zona de libre comercio en la manufactura de ciertos bienes textiles y del vestido para que reciban trato arancelario preferencial. Con base en esta recomendación y de conformidad con el artículo 6-24 del Tratado, la Comisión adoptó el 9 de febrero de 2026 la Decisión No. 126, extendiendo dicha dispensa temporal del 16 de marzo de 2026 a 15 de marzo de 2027.
  • Se da a conocer la Decisión No. 126 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia, adoptada el 9 de febrero de 2026: “DECISIÓN No. 126 Dispensa temporal para la utilización de materiales producidos u obtenidos fuera de la zona de libre comercio para que determinados bienes textiles y del vestido reciban el trato arancelario preferencial establecido en el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia”
  • En la citada decisión se otorga por el período del 16 de marzo de 2026 al 15 de marzo de 2027, una prórroga para el material de la dispensa temporal adoptada por la Comisión Administradora del Tratado en el numeral 1 de la Decisión No. 122, de fecha 16 de enero de 2025 establecido en la Tabla I y II del citado ante proyecto, respecto a ciertos bienes textiles.

El presente Acuerdo entra en vigor el día de su publicación en el DOF.

Se anexa al presente archivo de anteproyecto y link de consulta para el mismo, lo anterior para su lectura y consulta en su totalidad.

https://www.herramientasregulatorias.gob.mx/AirConstancia?IdAir=265&tab=tab1

Atentamente,
Gomsa

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