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RESOLUCIÓN FINAL – INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING IMPORTACIONES DE MICROALAMBRE PARA SOLDAR ORIGINARIAS DE VIETNAM
JU-0192-2024
Estimado Cliente,
Le informamos que la Secretaría de Economía publicó el 23 de diciembre de 2024, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF) la “RESOLUCIÓN Final del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de microalambre para soldar originarias de la República Socialista de Vietnam, independientemente del país de procedencia”, de la cual se comparte lo siguiente:
RESOLUCIÓN
- Se declara concluido el procedimiento administrativo de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, en consecuencia, se impone una cuota compensatoria definitiva de 36.23% a las importaciones de microalambre para soldar originarias de Vietnam, independientemente del país de procedencia, que ingresan por las fracciones arancelarias 7229.20.01, 7229.90.99, 8311.10.99, 8311.30.01 y 8311.90.01 de la TIGIE, o por cualquier otra.
- Con fundamento en el artículo 87 de la LCE, la cuota compensatoria que se señala en el punto anterior de la presente Resolución se aplicará sobre el valor en aduana declarado en el pedimento correspondiente.
- Compete a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público aplicar la cuota compensatoria a que se refiere el punto 354 de la presente Resolución, en todo el territorio nacional.
- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 66 de la LCE, los importadores que conforme a esta Resolución deban pagar la cuota compensatoria definitiva, no estarán obligados a su pago si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a Vietnam. La comprobación del origen de la mercancía se hará conforme a lo previsto en el Acuerdo por el que se establecen las normas para la determinación del país de origen de mercancías importadas y las disposiciones para su certificación, para efectos no preferenciales (antes Acuerdo por el que se establecen las Normas para la determinación del país de origen de mercancías importadas y las disposiciones para su certificación, en materia de cuotas compensatorias), publicado en el DOF el 30 de agosto de 1994 y sus posteriores modificaciones publicadas en el mismo órgano de difusión.
La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.
Para más información, se adjunta al presente la publicación en su totalidad y se comparte el enlace de la misma: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5745930&fecha=23/12/2024#gsc.tab=0
Atentamente,
Gomsa
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