CUARTA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2025

Estimado Cliente:

Le informamos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF) con fecha del 28 de julio de 2025, la Cuarta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025, la cual entrará en vigor el 15 de agosto de 2025.

A continuación, se destacan los siguientes puntos relevantes:

• Reforma a la fracción I de la regla 3.7.35
Se confirma que, para la determinación de contribuciones en la importación de mercancías bajo este esquema, se aplicará una tasa global del 33.5 % al valor de las mercancías.

• Adición de la fracción III, inciso c), a la misma regla
Nuevo beneficio fiscal: cuando el valor en aduana supere los 117 dólares estadounidenses, se podrá aplicar una tasa global reducida del 19 %, siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:

  • Las mercancías deben estar amparadas con una guía aérea o conocimiento de embarque.
  • No deben estar sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias (RRNA).

Por la importancia de lo anterior, se comparte el enlace a la publicación del DOF para su lectura y consulta íntegra.

Atentamente,
Gomsa

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