
CUARTA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2025
Estimado Cliente:
Le informamos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF) con fecha del 28 de julio de 2025, la Cuarta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025, la cual entrará en vigor el 15 de agosto de 2025.
A continuación, se destacan los siguientes puntos relevantes:
• Reforma a la fracción I de la regla 3.7.35
Se confirma que, para la determinación de contribuciones en la importación de mercancías bajo este esquema, se aplicará una tasa global del 33.5 % al valor de las mercancías.
• Adición de la fracción III, inciso c), a la misma regla
Nuevo beneficio fiscal: cuando el valor en aduana supere los 117 dólares estadounidenses, se podrá aplicar una tasa global reducida del 19 %, siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:
- Las mercancías deben estar amparadas con una guía aérea o conocimiento de embarque.
- No deben estar sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias (RRNA).
Por la importancia de lo anterior, se comparte el enlace a la publicación del DOF para su lectura y consulta íntegra.
Atentamente,
Gomsa