RESOLUCIÓN – INICIO PROCEDIMIENTO CUOTA IMPORTACIONES DE ACEITE EPOXIDADO DE SOYA DE EUA

JU-0210-2025

Estimado Cliente,

Le informamos que la Secretaría de Economía público, a través de Diario Oficial de la Federación (DOF), la “RESOLUCIÓN por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de aceite epoxidado de soya originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia”, de la cual se comparten los siguientes puntos resolutivos:

    1. 28. Se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de aceite epoxidado de soya originarias de los Estados Unidos, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de la fracción arancelaria 1518.00.02 de la TIGIE, o por cualquier otra.
    1. Se fija como periodo de examen el comprendido del 1 de julio de 2024 al 30 de junio de 2025, y como periodo de análisis el comprendido del 1 de julio de 2020 al 30 de junio de 2025.
  1. De conformidad con los artículos 11.3 del Acuerdo Antidumping y 70, fracción II y 89 F de la LCE, la cuota compensatoria definitiva a que se refieren los puntos 2 a 5 de la presente Resolución, continuará vigente mientras se tramita el presente procedimiento de examen de vigencia. De igual manera, se podrá garantizar el pago de la cuota compensatoria definitiva en los términos y con fundamento en el artículo 94 del RLCE.

Los productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquier persona que acredite tener interés jurídico en el resultado de este procedimiento de examen de vigencia, contarán con un plazo de 28 días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar la respuesta al formulario establecido para tal efecto, así como los argumentos y las pruebas que consideren convenientes. El plazo de 28 días hábiles se contará a partir del día siguiente de la publicación en el DOF de la presente Resolución. La presentación de la información podrá realizarse vía electrónica a través de la dirección de correo electrónico upci@economia.gob.mx de las 09:00 a las 18:00 horas.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

Por la importancia de lo anterior, se anexa el enlace de la publicación para su consulta y lectura en su totalidad.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5764005&fecha=29/07/2025#gsc.tab=0

Atentamente,
Gomsa

Esta entrada fue publicada en AVISOS GENERALES, RECOMENDACIONES A NUESTROS CLIENTES. Guarda el enlace permanente.