JU-0398-2025
Estimado Cliente,
Le informamos que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó en el Diario Oficial de la Federación la “SEXTA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025 y anexos 1 y 1-A”, de la cual se comparten algunos puntos relevantes:
Se reforman las reglas:
- 18.1., primer párrafo, fracción XII y actual quinto párrafo de la regla;
- 3.1.8., actual décimo párrafo;
- 3.1.17., actuales tercero y décimo párrafos,
- Así como el Capítulo 11.4. que comprende las reglas 11.4.1. a 11.4.10.
Se adicionan las reglas:
- 1.6., fracción I, segundo párrafo;
- 12.12.;
- 18.1., primer párrafo, fracción IV, segundo párrafo y segundo párrafo de la regla, pasando los actuales segundo a sexto párrafos a ser tercero a séptimo párrafos;
- 3.1.8., segundo párrafo, pasando los actuales segundo a décimo párrafos a ser tercero a décimo primer párrafos;
- 3.1.12., primer párrafo, fracción XV;
- 3.1.17., segundo párrafo, pasando los actuales segundo a décimo párrafos a ser tercero a décimo primer párrafos y
- 3.1.21., primer párrafo, fracción XV
Se derogan las reglas:
- 18.1., primer párrafo, fracción XIII de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, para quedar de la siguiente manera:
La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF. En lo que respecta a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el portal del SAT, su contenido surtirá efectos conforme a lo establecido en la regla 1.8., tercer párrafo.
Por la importancia de lo anterior, se anexa el enlace de la publicación para su análisis y lectura en su totalidad:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5776445&fecha=17/12/2025#gsc.tab=0
Atentamente,
Gomsa