CUOTA COMPENSATORIA: INICIO DE EXAMEN DE VIGENCIA IMPO ROLLOS DE ACERO LAMINADOS EN CALIENTE DE ALEMANIA CHINA Y FRANCIA

JU-0401-2025

Estimado Cliente,

Le informamos que la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación la “Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de rollos de acero laminados en caliente originarias de la República Federal de Alemania, de la República Popular China y de la República Francesa, independientemente del país de procedencia.”, de la cual se comparten algunos puntos relevantes:

  • Se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de rollos de acero laminados en caliente originarias de Alemania, China y Francia, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 7208.36.01, 7208.37.01, 7208.38.01, 7208.39.01 y 7225.30.91 de la TIGIE, o por cualquier otra.
  • Se fija como periodo de examen el comprendido del 1 de octubre de 2024 al 30 de septiembre de 2025, y como periodo de análisis el comprendido del 1 de octubre de 2020 al 30 de septiembre de 2025.
  • Las cuotas compensatorias definitivas a que se refieren los puntos 1 y 2 de la citada Resolución, continuarán vigentes mientras se tramita el presente procedimiento de examen de vigencia. De igual manera, se podrá garantizar el pago de las cuotas compensatorias definitivas en los términos y con fundamento en el artículo 94 del RLCE.
  • Las productoras nacionales, importadoras, exportadoras, personas morales extranjeras o cualquier persona que acredite tener interés jurídico en el resultado de este procedimiento de examen de vigencia, contarán con un plazo de 28 días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar la respuesta al formulario establecido para tal efecto, así como los argumentos y las pruebas que consideren convenientes. El plazo de 28 días hábiles se contará a partir del día siguiente de la publicación en el DOF de la presente Resolución. La presentación de la información podrá realizarse vía electrónica a través de la dirección de correo electrónico upci@economia.gob.mx de las 09:00 a las 18:00 horas, o bien, en forma física de las 09:00 a las 14:00 horas en el domicilio ubicado en Calle Pachuca número 189, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, en la Ciudad de México.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

Por la importancia de lo anterior, se anexa al presente el enlace de la publicación para su lectura en su totalidad:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5776693&fecha=19/12/2025#gsc.tab=0

Atentamente,
Gomsa

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