
JU-078-2026
Estimado Cliente,
Por medio del presente, le informamos que la Secretaría de Economía publicó en el DOF la “Resolución preliminar del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de aceros laminados en caliente originarias de la República Popular China y la República Socialista de Vietnam, independientemente del país de procedencia” de la cual se comparten los siguientes puntos a considerar:
Continúa el procedimiento administrativo de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios y se imponen cuotas compensatorias provisionales a las exportaciones de aceros laminados en caliente, incluidas las definitivas, temporales, en depósito fiscal, recinto fiscalizado y recinto fiscalizado estratégico, originarias de China y Vietnam, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 7208.10.03, 7208.25.02, 7208.26.01, 7208.27.01, 7208.36.01, 7208.37.01, 7208.38.01, 7208.39.01, 7208.40.02, 7208.51.04, 7208.52.01, 7208.53.01, 7208.54.01, 7208.90.99, 7211.13.01, 7211.14.91, 7211.19.99, 7225.30.91, 7225.40.91, y 7226.91.07 de la TIGIE, y al amparo de la Regla Octava, a través de las fracciones arancelarias 9802.00.01, 9802.00.02, 9802.00.03, 9802.00.04, 9802.00.06, 9802.00.07, 9802.00.10, 9802.00.12, 9802.00.13, 9802.00.14, 9802.00.15, 9802.00.17, 9802.00.19, 9802.00.20 y 9802.00.21 de la TIGIE, o por cualquier otra, en los siguientes términos:
- 2304 dólares por kilogramo para las exportaciones originarias de China, provenientes de la empresa Shanghai Meishan Iron.
- 2160 dólares por kilogramo para las exportaciones originarias de China, provenientes de la empresa Wuhan Iron.
- 2242 dólares por kilogramo para las exportaciones provenientes de las demás empresas productoras exportadoras chinas que comparecieron y no se seleccionaron.
- 2304 dólares por kilogramo para las exportaciones provenientes de las demás exportadoras de China.
- 1960 dólares por kilogramo para las exportaciones originarias de Vietnam, provenientes de la empresa Hoa Phat Dung Quat.
- 1969 dólares por kilogramo para las exportaciones originarias de Vietnam, provenientes de la empresa Formosa Ha Tinh.
- 1969 dólares por kilogramo para las exportaciones provenientes de las demás exportadoras de Vietnam.
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.
Por lo anterior, se anexa al presente el enlace de la publicación mencionada para su lectura y consideración:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5782945&fecha=23/03/2026#gsc.tab=0
