RESOLUCIÓN REVISIÓN CUOTA COMPENSATORIA: IMPORTACIONES DE MICROALAMBRE PARA SOLDAR ORIGINARIAS DE CHINA

 

 

JU-094-2026

Estimado Cliente,

Por medio del presente, le informamos que la Secretaría de Economía publicó en el DOF la “Resolución final del procedimiento administrativo de revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de microalambre para soldar originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia” de la cual se comparten los siguientes puntos a considerar:

  • Se declara concluido el procedimiento administrativo de revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de microalambre para soldar originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 7229.20.01, 7229.90.99 y 8311.90.01 de la TIGIE, o por cualquier otra.
  • Se modifica la cuota compensatoria a que se refieren los puntos 1 y 2 de la presente Resolución, y se determina aplicar una cuota compensatoria específica de 1.02 dólares por kilogramo a las importaciones de microalambre para soldar, originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresen a través de las fracciones arancelarias 7229.20.01, 7229.90.99 y 8311.90.01 de la TIGIE, o por cualquier otra.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOF.

Por lo anterior, se anexa al presente el enlace de la publicación mencionada para su lectura en su totalidad y consideración:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5784532&fecha=10/04/2026#gsc.tab=0

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