MODIFICACIONES RMF: ANEXO 1, 2, 3, 9, 14, 15, 21, 22 y 29

 

 

 

JU-137-2026

Estimado Cliente,

Le informamos que la secretaria de Hacienda y Crédito Publico publicó en el Diario Oficial de la Federación modificaciones a ciertos Anexos de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF):

  1. ANEXO 1 de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada el 9 de julio de 2026.
  2. ANEXO 2 de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada el 9 de julio de 2026
  3. ANEXOS 3, 9, 14, 15, 21, 22 y 29 de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada el 9 de julio de 2026.

Los cuales tratan de:

  • Anexo 1: Formas oficiales fiscales
  • Anexo 2: Trámites Fiscales
  • Anexo 3: Compilación de criterios sobre prácticas fiscales indebidas
  • Anexo 9: Tabla a que se refiere la regla 3.15.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, para la opción de actualización de deducciones que señala el artículo 121 de la Ley del ISR
  • Anexo 14: Listado de donatarias autorizadas
  • Anexo 15: ISAN
  • Anexo 21: Especificaciones técnicas de funcionalidad y seguridad de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos
  • Anexo 22: De los servicios de verificación de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar los controles volumétricos y de los certificados que se emitan
  • Anexo 29: Disposiciones complementarias para los PCCFDI y los CFDI

Por la importancia de lo anterior, se anexa al presente el enlace de consulta de la publicación para su lectura en su totalidad:

  1. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.phpcodigo=5793857&fecha=17/07/2026#gsc.tab=0
  2. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.phpcodigo=5793858&fecha=17/07/2026#gsc.tab=0
  3. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.phpcodigo=5793859&fecha=17/07/2026#gsc.tab=0

Esta entrada fue publicada en AVISOS IMPORTANTES, EXTRACTO DEL D.O.F., RECOMENDACIONES A NUESTROS CLIENTES. Guarda el enlace permanente.