
Estimados clientes.
Por tratarse de información de interés general, se hace de su conocimiento que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación el pasado 23 de marzo de 2018, el Aviso a todos los usuarios y permisionarios del servicio de autotransporte federal y transporte privado de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen y grúas industriales que transiten por caminos y puentes de jurisdicción federal, por el que se hacen de su conocimiento los horarios de operación que se aplicarán en el periodo vacacional comprendido de las 00:00 horas del 23 de marzo de 2018 a las 23:59 horas del 9 de abril de 2018, de conformidad con el numeral 5.6 de la NOM-040-SCT-2-2012 vigente, que establece lo siguiente:
Las grúas industriales y los equipos especiales para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso y/o volumen que cuenten con el permiso especial de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, podrán transitar en el periodo antes señalado como sigue:
- El día 26 y 27 de marzo, del 3 al 5 de abril, así como el 9 de abril de 2018 de conformidad con lo que señalan los numerales 5.5.1 y 5.5.2 de la NOM-040-SCT-2-2012, esto es:
- Cuando circulen por caminos tipo ET4, A4, B4 de las 00:00 horas a las 23:59 horas.
- Cuando circulen por caminos ET2, A2, B2, C o D: de 6:00 a 18:30 horas y en horario nocturno de 00:00 a 6:00 horas y de 18:30 a 23:59 horas condicionado a que circulen con dos carros piloto, uno en la parte frontal y otro en la parte trasera.
- El 28 de marzo y 6 de abril de 2018 para cualquier tipo de camino de las 6:00 a las 14:00 horas de conformidad con lo señalado en los numerales 5.5.1.1 y 5.5.2.1 de la NOM-040-SCT-2-2012.
- Los días 23 al 25 de marzo, del 29 al 31 de marzo, el 1 y 2 de abril de 2018, así como el 7 y 8 de abril de 2018, deberán suspender totalmente su tránsito.
Para consultar la información de forma directa, recomendamos visitar el siguiente sitio:
Aviso de horario de operacion para periodo vacacional
Lo anterior se deja a su disposición para que sea considerado en sus operaciones logísticas durante el período vacacional señalado con anterioridad.⊕