Buscar
MANTENTE INFORMADO Y SUSCRÍBETE:
CATEGORÍAS
-
LO ÚLTIMO EN NUESTRO BLOG
- SE RESTRINGE LA IMPORTACIÓN DE AVES Y MERCANCÍA AVÍCOLA PROCEDENTES DEL CONDADO DE CLACKAMAS, OREGÓN, EUA
- SE RESTRINGE LA IMPORTACIÓN DE AVES Y MERCANCÍA AVÍCOLA PROCEDENTE DE LOS CONDADOS DE KERN Y PIUTE, CALIFORNIA, EUA
- AVISO – BLOQUEO EN ADUANA CIUDAD HIDALGO, SUCHIATE II
- RESOLUCIÓN – SE DAN A CONOCER LOS CORREOS ELECTRÓNICOS PARA TRÁMITES ANTE LA DGFCCE
- MODIFICACIÓN – HOJA DE REQUISITOS ZOOSANITARIOS “BOVINOS DE ENGORDA TERMINAL” PARA LA IMPORTACIÓN DE GANADO DE GUATEMALA
SERVICIOS LOGÍSTICOS
MEDIDAS ADICIONALES PARA LA IMPORTACIÓN DE ARROZ DE URUGUAY
Estimado Cliente:
Por ser de interés general en sus operaciones diarias, hacemos de su conocimiento el comunicado de OISA No. 493 con el que nos informan las medidas adicionales establecidas por la Dirección General de Sanidad Vegetal para la importación de arroz de Uruguay ante la detección de gorgojo Khapra (Trogoderma granarium) en un embarque del exportador SAMAN en el Puerto de Veracruz:
- Se suspenden las importaciones de arroz de Uruguay de la empresa SAMAN.
- A partir del 21 de julio de 2020 la Autoridad Fitosanitaria de Uruguay no deberá certificar embarques de la citada empresa.
- Se aceptarán los embarques que vengan en tránsito y que hayan sido certificados antes de la entrada en vigor del oficio (21 de julio de 2020).
- En caso de presentarse una segunda detección de Trogoderma granarium, las importaciones del citado producto serán suspendidas en su totalidad y no se permitirá el ingreso de ningún embarque incluyendo los que vengan en tránsito (del exportador SAMAN).
- A partir del 21 de julio los embarques de arroz originarios de Uruguay, deberán colorcar en cada contenedor, una trampa especifica para la citada plaga, como medida de mitigación (de cualquier exportador).
Por la importancia de lo anterior les sugerimos tomar nota y dar cumplimiento a estas nuevas disposiciones.