ACUERDO DONDE SE DA A CONOCER EL CUPO Y MECANISMO DE ASIGNACIÓN PARA IMPORTAR ATÚN DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE

Estimados clientes,

Por medio del presente se hace de su conocimiento que la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer el cupo y el mecanismo de asignación para importar atún procesado, excepto lomos, originario del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte; de lo anterior se desprende lo siguiente:

  • Producto
1604.14.99 1604.19.99 1604.20.03  

ATÚN PROCESADO, EXCEPTO LOMOS.

  • Asignación del cupo
    1. Podrán solicitar asignación de este cupo, las personas físicas y morales establecidas en los Estados Unidos Mexicanos.
  • Solicitudes de cupo
    1. En la primera solicitud del año los interesados deberán presentar a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior el trámite de “Asignación Directa de cupo” o presentar el formato SE-FO-03-033 “Asignación directa de cupo de importación y exportación” y la firma electrónica del interesado en la Oficina de Representación en la entidad federativa más cercana a su domicilio.
  • Vigencia
    1. La vigencia máxima de los certificados de cupo a que se refiere este Acuerdo, será al 30 de junio de cada año.

El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de junio de 2021.

Para mayor información se adjunta el extracto del DOF a continuación: DOF – Cupo Atun SE

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