AVISO – PREGUNTAS FRECUENTES: NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOMS)

JU-0039/2023

Estimado Cliente,

Hacemos de su conocimiento que, en el sitio web del Servicio de Información de Comercio Exterior (SNICE) se puede encontrar un documento con preguntas frecuentes (en el menú desplegable, en el apartado de Normas Oficiales Mexicanas), dentro de las que se destacan:

Ver preguntas frecuentes.

Si la fracción arancelaria de mi mercancía se encuentra en el Anexo 2.4.1 (Anexo de NOMs), pero no se menciona en la acotación ni se encuentra dentro del campo de aplicación de la NOM, ¿debo cumplir?

No, el Anexo de NOMs no puede regular más allá de lo establecido en las propias NOMs, si tu mercancía no está sujeta a cumplir con la NOM debes declarar en el pedimento el identificador correspondiente, a efecto de exceptuarla, de acuerdo al supuesto aplicable.

Si mi mercancía no se encuentra dentro del campo de aplicación de la NOM, ¿es necesario obtener una resolución por parte de la autoridad normalizadora o del Organismo de Certificación?

No, no es necesario obtener algún documento, solo se debe declarar el identificador correspondiente en el pedimento, de conformidad con el apéndice 8 del Anexo 22 de las Reglas Generales de Comercio Exterior del SAT.

Para consultar en sitio de las NOM’s se puede utilizar la siguiente liga: https://www.snice.gob.mx/cs/avi/snice/drrnas.noms.html

Atentamente,
Gomsa

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