AVISO – CAPTURA DE LOS NICOs EN LAS SOLICITUDES DE AVISOS AUTOMÁTICOS DE IMPORTACIÓN

JU-0131/2023

Estimado Cliente,

Hacemos de su conocimiento que, la Dirección General de Facilitación Comercial y Comercio Exterior (DGFCCE) y la Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia de la Secretaría de Economía (SE), a través del portal del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE), han dado a conocer el oficio 516.2023.2136, referente a como llevar a cabo la captura de los NICOs en las solicitudes de avisos automáticos de importación.

Para su consulta, se adjunta el oficio en comento.

ANTECEDENTES

  • En el Acuerdo por el que la SE emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 09 de mayo de 2022, se establecen en el numeral 8 fracción II del anexo 2.2.1., las mercancías comprendidas en las fracciones arancelarias sujetas a presentación de un aviso automático de importación, únicamente cuando se destinen al régimen aduanero de importación definitiva.
  • El 30 de junio de 2023 se dio a conocer en el DOF el “Acuerdo que modifica al diverso por el que dan a conocer los Números de Identificación Comercial (NICO) y sus tablas de correlación”, en el que, derivado del análisis realizado a las solicitudes recibidas para la creación o modificación de un NICO, y a fin de contar con una correcta implementación de los mismos, se crearon y suprimieron NICOs.

IMPORTANTE

Los usuarios de avisos automáticos de importación que requieran una autorización para las fracciones arancelarias 7219.33.01 y 7219.34.01, deberán capturar en el campo de “Descripción de la mercancía” la fracción arancelaria y el NICO anterior, así como la fracción arancelaria y NICO actual.

Atentamente,
Gomsa

Esta entrada fue publicada en AVISOS IMPORTANTES, RECOMENDACIONES A NUESTROS CLIENTES. Guarda el enlace permanente.