SECRETARIA DE ECONOMIA: Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

Conforme a lo dispuesto en la Ley de Comercio Exterior, las medidas arancelarias a que se refiere el presente Decreto fueron opinadas favorablemente por la Comisión de Comercio Exterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

DECRETO

ARTÍCULO 1.- Se crea la fracción arancelaria de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2007 y sus modificaciones posteriores, que a continuación se indica:

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

Unidad

IMPUESTO

IMP.

EXP.

3915.90.02 Desechos,   desperdicios y recortes de poli (tereftalato de etileno) (PET).

Kg

10

Ex.

ARTÍCULO 2.- Se modifican los aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2007 y sus modificaciones posteriores, únicamente en lo que se refiere a las siguientes fracciones arancelarias:

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

Unidad

IMPUESTO

IMP.

EXP.

4412.10.01 De   bambú.

Kg

7

Ex.

4412.31.01 Que   tengan, por lo menos, una hoja externa de las maderas tropicales siguientes: Dark   Red Meranti, Light Red Meranti, White Lauan, Sipo, Limba, Okumé, Obeché,   Acajou d’Afrique, Sapelli, Mahogany, Palisandre de Para, Palisandre de Río y   Palisandre de Rose.

Kg

7

Ex.

4412.31.99 Las   demás.

Kg

7

Ex.

4412.32.01 Que   tengan, por lo menos, una hoja externa de madera distinta de la de coníferas.

Kg

7

Ex.

4412.32.99 Las   demás.

Kg

7

Ex.

4412.39.01 De   coníferas, denominada «plywood».

Kg

7

Ex.

4412.39.99 Las   demás.

Kg

7

Ex.

4412.94.01 Que   tengan, por lo menos, una hoja de las maderas tropicales citadas en la Nota   de subpartida 2 de este Capítulo.

Kg

7

Ex.

4412.94.02 Que   tengan, por lo menos, un tablero de partículas.

Kg

7

Ex.

4412.94.99 Los   demás.

Kg

7

Ex.

4412.99.01 Que   tengan, por lo menos, una hoja de las maderas tropicales citadas en la Nota   de subpartida 2 de este Capítulo.

Kg

7

Ex.

4412.99.02 Que   tengan, por lo menos, un tablero de partículas.

Kg

7

Ex.

4412.99.99 Los   demás.

Kg

7

Ex.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

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