COMPROBANTES FISCALES: OPERACIONES DE EXPORTACIÓN

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A TODOS NUESTROS CLIENTES:

Como es de su conocimiento a partir del 01 de enero de 2014, la Secretaria de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria estableció la obligación de emitir Comprobante Fiscal Digital por Internet denominado “CFDI”, cuyo objetivo es la comprobación de ingresos, egresos y propiedad de mercancías en traslado por medios electrónicos, disposición que también surte efectos en materia aduanera.

El folio electrónico lo asigna el PAC  ( proveedor de servicio de validación de comprobantes electrónicos) quienes al  momento de mandar a validar el comprobante  lo denominan  folio fiscal, del cual el SAT conserva una copia  y por ello no emite reporte alguno. Por lo que el archivo XML deberá conservarse por un plazo de 5 años.

El folio fiscal se encuentra conformado por el número UUID (Identificador Universalmente Único) de ahí que VUCEM el pasado 18 de diciembre de 2013 dio a conocer  a través de la hoja informativa 92,  que se actualiza el campo de número de factura para Comprobante de Valor Electrónico a 36 caracteres, que conforman el  UUID, precisamente para hacer transparente y correlacionada la operación permitiendo entre los sistemas  el intercambio de información a fin de efectuar las operaciones de comercio exterior  en atención a las disposiciones del Código Fiscal.

VU CARACTERES

Por lo anterior y con independencia de la factura que envían en archivos PDF para la realización de las operaciones de exportación, agradeceremos su apoyo para que adicional a esta información incluyan el archivo XML correspondiente, lo que permitirá que al momento de generar el COVE el  sistema migre en forma exacta y segura la información,  con el objetivo de reducir en gran medida errores de captura manuales susceptibles de ser objeto de infracción conforme a las disposiciones de la Ley Aduanera en vigor.

Sin otro particular nos reiteramos a sus órdenes.

Atentamente.

 Elisa Ma. Puertos Díaz.

 Jefe Jurídico.

 

 

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