RESOLUCIÓN FINAL DEL EXAMEN DE VIGENCIA DE LA CUOTA COMPENSATORIA IMPUESTA A LAS IMPORTACIONES DE ALAMBRÓN DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR ORIGINARIAS DE UCRANIA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA

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Se hace de su conocimiento que el día de hoy, viernes 02 de septiembre de 2016, la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Final del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de alambrón de hierro o acero sin alear originarias de Ucrania, independientemente del país de procedencia, que medularmente expone lo siguiente:

Se concluye el examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva que se impone a las importaciones de alambrón de hierro o acero sin alear originarias de Ucrania, sin perjuicio del país de procedencia, y que se clasifica en las fracciones arancelarias 7213.91.01, 7213.91.02, 7213.99.01 y 7213.99.99 de la TIGIE, o por cualquier otra, determinando una prórroga a la vigencia por cinco años más, contados a partir del 19 de septiembre de 2015.

Al mismo tiempo, se advierte que la cuota compensatoria vigente es de 41% sobre el valor en aduana declarado en pedimento de importación correspondiente.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Para mayor información, se recomienda revisar la publicación en el vínculo que se inserta:

Examen de vigencia de cuota compensatoria

Lo anterior se hace de su conocimiento para que sea considerado en sus operaciones de comercio exterior.

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