MODIFICACIÓN A LA CUOTA COMPENSATORIA ANTIDUMPING SOBRE ACEROS PLANOS RECUBIERTOS, EXPORTADOS POR BAOSHAN

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Se hace de su conocimiento que el día de hoy, martes 21 de noviembre de 2017, la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución por la que se resuelve el recurso administrativo de revocación interpuesto por las empresas Baoshan Iron & Steel Co. Ltd. y Baosteel America, Inc. en contra de la Resolución Final de la investigación antidumping sobre las importaciones de aceros planos recubiertos originarias de la República Popular China y del Taipéi Chino, independientemente del país de procedencia, publicada el 5 de junio de 2017.

De conformidad con la misma, se determina en el sentido de confirmar la Resolución Final, desestimando los agravios planteados por Baoshan lron & Steel Co. Ltd. (Baoshan) y Baosteel America, Inc. (Baosteel). No obstante, se modifica a términos específicos la cuota compensatoria impuesta a Baoshan, para quedar en un monto de 0.1874 dólares por kilogramo.

Lo anterior, debido a que anteriormente el monto de cuota compensatoria impuesta a mercancías exportadas por Baoshan era de 22.22% sobre el valor en Aduana de las mercancías.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

Para mayor información, se recomienda revisar la liga que a continuación se inserta:

Resolucion que modifica los terminos de la cuota compensatoria impuesta a aceros planos recubiertos exportados por Baoshan

De igual manera, para conocer los términos originales de la Resolución Final, se deja a su disposición el boletín publicado el 05 de junio de 2017:

Resolucion antidumping sobre importaciones de aceros planos recubiertos, originarios de China y el Taipei Chino

Lo anterior se deja a su disposición para que sea considerado en sus operaciones de comercio exterior.

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