LaSecretaría de Hacienda y
Crédito Público a
través del Diario Oficial de la Federación del día de hoy lunes24 de junio de 2019, dio a conocer lasREGLAS Generales de Comercio Exterior
para 2019.
A continuación, algunos de los puntos más relevantes que se desprenden de las nuevas Reglas Generales:
– Importante consideren en sus
operaciones, a partir del día de mañana, el
cambio de numeración de la Regla 3.1.7 a la actual Regla
3.1.8
– La presente Resolución
entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
– Los Anexos de la Resolución que establece las RGCE para
2018, estarán en vigor hasta en tanto sean publicados los correspondientes a
las RGCE para 2019.
– La obligación de las Empresas que cuenten con Programa IMMEX, relativa a garantizar
el pago de las contribuciones por la importación temporal de mercancías
sensibles del Anexo II del Decreto IMMEX, mediante póliza de fianza, a que se
refiere la regla 4.3.2., será exigible hasta la entrada en vigor del Acuerdo
que la SE publique en el DOF para la aplicación del artículo 5, fracción IV del
Decreto IMMEX.
– Los elementos que el importador debe proporcionar
anexos a la MANIFESTACIÓN DE VALOR,
de conformidad con el artículo 81 del Reglamento, serán exigibles a partir del 1 de diciembre de 2019.
Dado la relevancia de la entrada en vigor de las reglas antes mencionadas, se pone a su disposición, la dirección web donde son consultables. Cabe mencionar que dadas las dimensiones de las reglas, estas fueron publicadas en secciones.