RESOLUCIÓN FINAL DEL EXAMEN DE VIGENCIA DE LA CUOTA COMPENSATORIA IMPUESTA A LAS IMPORTACIONES DE VAJILLAS Y PIEZAS SUELTAS DE VAJILLAS DE CERÁMICA, INCLUIDAS LAS DE PORCELANA, ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA.
TRATAMIENTO ARANCELARIO
Los productos objeto de examen ingresan al mercado nacional por las fracciones arancelarias 6911.10.01 y 6912.00.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), cuya descripción es la siguiente:
Codificación |
Descripción |
69 |
Productos cerámicos |
6911 |
Vajilla y demás artículos de uso doméstico, higiene o tocador, de porcelana. |
6911.10 |
– Artículos para el servicio de mesa o cocina. |
6911.10.01 |
Artículos para el servicio de mesa o cocina. |
6912 |
Vajilla y demás artículos de uso doméstico, higiene o tocador, de cerámica, excepto porcelana. |
6912.00 |
Vajilla y demás artículos de uso doméstico, higiene o tocador, de cerámica, excepto porcelana. |
6912.00.01 |
Vajillas y demás artículos para el servicio de mesa. |
RESOLUCIÓN
Se declara concluido el procedimiento de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de vajillas y piezas sueltas de vajillas de cerámica, incluidas las de porcelana, originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 6911.10.01 y 6912.00.01 de la TIGIE o por cualquier otra.
Se prorroga la vigencia de la cuota compensatoria definitiva a que se refiere el punto 1 de la presente Resolución por cinco años más, contados a partir del 14 de enero de 2019.
Para acceder a la publicación en el D.O.F. proporcionamos el siguiente vínculo.
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5581850&fecha=13/12/2019