RESOLUCIÓN FINAL DEL EXAMEN DE VIGENCIA DE LA CUOTA COMPENSATORIA IMPUESTA A LAS IMPORTACIONES DE VAJILLAS Y PIEZAS SUELTAS DE VAJILLAS DE CERÁMICA, INCLUIDAS LAS DE PORCELANA, ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA.

 

TRATAMIENTO ARANCELARIO

Los productos objeto de examen ingresan al mercado nacional por las fracciones arancelarias 6911.10.01 y 6912.00.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), cuya descripción es la siguiente:

Codificación
arancelaria

Descripción

69

Productos cerámicos

6911

Vajilla y demás artículos de uso doméstico, higiene o tocador, de porcelana.

6911.10

– Artículos para el servicio de mesa o cocina.

6911.10.01

Artículos para el servicio de mesa o cocina.

6912

Vajilla y demás artículos de uso doméstico, higiene o tocador, de cerámica, excepto porcelana.

6912.00

Vajilla y demás artículos de uso doméstico, higiene o tocador, de cerámica, excepto porcelana.

6912.00.01

Vajillas y demás artículos para el servicio de mesa.

RESOLUCIÓN

Se declara concluido el procedimiento de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de vajillas y piezas sueltas de vajillas de cerámica, incluidas las de porcelana, originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 6911.10.01 y 6912.00.01 de la TIGIE o por cualquier otra.

Se prorroga la vigencia de la cuota compensatoria definitiva a que se refiere el punto 1 de la presente Resolución por cinco años más, contados a partir del 14 de enero de 2019.

Para acceder a la publicación en el D.O.F. proporcionamos el siguiente vínculo.

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5581850&fecha=13/12/2019

Esta entrada fue publicada en AVISOS GENERALES. Guarda el enlace permanente.