TRÁMITES DE COMERCIO EXTERIOR QUE ADMINISTRA LA DGFCYCE

Hacemos de su conocimiento la siguiente información

Que con fecha de 17/12/2019, la Dirección General de Facilitación Comercial y Comercio Exterior (DGFCyCE) dio a conocer a través del portal de SNICE el Boletín 0018 respecto a los trámites de comercio exterior que administra la DGFCyCE, lo anterior con referencia a los días que se consideran como inhábiles dados a conocer en la circular G-0310/2019.

A continuación listamos los trámites y las consideraciones a tomar en cuenta para dichos trámites:

  • Avisos Automáticos de Exportación de Tomate, si estos pierden su vigencia durante el periodo vacacional, podrán ser renovados siempre y cuando la solicitud se ingrese a la DGFCyCE antes de las 18:00 horas del 20 de diciembre de 2019 y se cumplan con los criterios y requisitos correspondientes. Para lo cual, se deberá observar que las cantidades exportadas no rebasen el/los monto(s) indicados dentro del Aviso de Adhesión emitido por Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.
  • Los certificados de origen y certificados de elegibilidad expedidos hasta el 20 de diciembre de 2019 podrán ser recogidos en la Ventanilla de Atención al Público de la DGFCCE o en las ventanillas de las Oficinas de Representación
  • Las solicitudes ingresadas a partir de las 18:01 horas del 20 de diciembre de 2019, serán analizadas y dictaminadas el 8 de enero de 2020 y el plazo de respuesta empezará a computarse a partir de esa fecha.

Los siguientes trámites, seguirán operando durante el periodo vacacional (sin contar sábados y domingos, 25 diciembre de 2019 y 1 de enero de 2020):

►Avisos Automáticos de Importación de Productos Siderúrgicos.
La resolución correspondiente se emitirá a los dos días siguientes del ingreso de la solicitud.

Certificados NOM’s.
Para efecto de lo dispuesto en la fracción II del numeral 5 del Anexo de NOM’s, así como para aquellos certificados de cumplimiento con la Norma Oficial Mexicana NOM-208-SCFI-2016 enviados a través del correo electrónico dgce.nom@economia.gob.mx y que cumplan con los requisitos correspondientes, serán transmitidos al SAT al día siguiente de recibidos en la DGFCyCE.

Lo anterior también será aplicable para los informes de laboratorio enviados a través del correo electrónico petrolíferos@economia.gob.mx, en términos del numeral 5BIS del citado Anexo.

►Certificados de Origen.
Aquellos certificados emitidos en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración y que son entregados por los organismos acreditados por la Secretaría de Economía, para lo cual, se deberán apegar a los días laborales y horarios de dichos Organismos.

 

Para acceder al boletín aquí tratado, se comparte el siguiente vínculo para su consulta.

 

https://www.snice.gob.mx/~oracle/SNICE_DOCS/Boletin_018_diasinhabileSE-boletin0018_20191217-20191217.pdf

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