PRIMERA VERSIÓN ANTICIPADA: OCTAVA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS RGCE PARA 2020

Estimados clientes,

Por medio del presente se les hace de su conocimiento que el pasado viernes 09 de julio el Servicio de Administración Tributaria publicó en su página web la Primera Versión Anticipada de la Octava Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020; de lo anterior se desprende lo siguiente:

  • Se modifica la Regla 1.3.3 (Causales de suspensión en los padrones):
    Se indica que respecto a la suspensión del padrón de Importadores de Sectores Específicos o en el Padrón de Exportadores Sectorial, si el supuesto que se configure resulta aplicable solamente a uno de los sectores del Padrón de Importadores de Sectores Específicos o del Padrón de Exportadores Sectorial se podrá suspender al contribuyente únicamente en el o los sectores que correspondan, de acuerdo al incumplimiento de que se trate.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.1.2.

Para mayor información, se adjunta la Resolución a continuación: 8aRMRGCE_2020_Anticipada

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