AVISO: MONTO EXTRAORDINARIO DEL CUPO PARA EXPORTAR AZÚCAR A ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Estimado Cliente,

Hacemos de su conocimiento que, el día 06 de diciembre de 2021, la Secretaría de Economía (SE) publicó a través del portal de anteproyectos CONAMER, el Aviso mediante el cual se da a conocer el monto extraordinario del cupo para exportar azúcar a los Estados Unidos de América, en el periodo comprendido entre el 01 de octubre de 2021 y el 31 de marzo de 2022, por 150,000 toneladas cortas valor crudo de azúcar (TCVC), al tenor de lo siguiente:

Ver oficio: ANTEPROYECTO.AVISO.CUPO.AZUCAR

ANTECEDENTES:

  • El 05 de octubre de 2017 se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar y se establece un cupo máximo para su exportación (Acuerdo), modificado el diverso publicado en el mismo órgano el 27 de diciembre de 2020.
  • Que el mencionado Acuerdo establece un cupo máximo para exportar a los Estados Unidos de América, azúcar originaria de los Estados Unidos Mexicanos que derive de la caña de azúcar o de remolacha.

 AVISO:

  1. El monto extraordinario del cupo para exportar a los Estados Unidos de América (EUA), del periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2021 y el 31 de marzo de 2022, azúcar con polarización menor a 99.2 grados tal como se produce y se mide en seco, equivalente a 150,000 toneladas cortas valor crudo que se convierten a toneladas métricas valor crudo, dividiendo entre el factor 1.10231125, da como resultado:

2. Criterio para consideración de beneficiarios:

  • Que hayan presentado su solicitud de asignación de cupo para participar en el ciclo azucarero 2021/2022, de conformidad con el Punto 17 del Acuerdo y;
  • Que hayan dado respuesta a la consulta formulada en noviembre de 2021 sobre disponibilidad de azúcar con polarización menor a 99.2 grados, en caso de una necesidad adicional por parte de los EUA.

3. Consideraciones para participar en la asignación de monto extraordinario del cupo:

  • Los beneficiarios del cupo 2021/2022, podrán manifestar por escrito libre su intención de participar, enviando dicho escrito a la cuenta de correo electrónico dgce.azucar@economia.gob.mx, dentro del siguiente día hábil a partir de la publicación del presente Aviso, manifestando monto requerido y las razones por las que se encuentra en condiciones de dar cabal cumplimiento a la exportación del azúcar antes del 31 de marzo de 2022, inclusive, bajo las condiciones establecidas por el Departamento de Comercio de los EUA, a fin de dar cumplimiento a los compromisos contraídos con aquel país.
  1. El criterio de Asignación se hará considerando el resultado menor entre:
  • La participación porcentual de cada solicitante en el volumen total de la producción de azúcar del ciclo 2020/2021. Sólo se considerará la producción reportada por los solicitantes, y;
  • La cantidad solicitada.

Efectuado lo anterior, se procederá a la emisión del permiso previo de exportación correspondiente en los términos ya establecidos en el Acuerdo.

La Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior, podrá llevar a cabo verificaciones a quienes reciban asignación del monto extraordinario, a fin de asegurar su debido cumplimiento.

Atentamente

Gomsa⊕

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