ANTEPROYECTO CONAMER: CUPO Y MECANISMO DE ASIGNACIÓN – IMPORTACIÓN JUGUETES Y PRODUCTOS PARA BEBÉ

Estimado Cliente,

Hacemos de su conocimiento que, la Secretaria de Economía (SE) ha dado a conocer como Anteproyecto CONAMER el “Acuerdo por el que se da a conocer el cupo y mecanismo de asignación para importar juguetes y productos para bebé”, con número de expediente 03/0050/260722, al tenor de lo siguiente:

IMPORTANTE

Se establece un cupo para importar juguetes y productos para bebé con el arancel-cupo establecido en el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

Se asignará durante dos periodos anuales, los cuales tendrán una vigencia del 15 de agosto de un año al 14 de agosto del año siguiente.

Las Empresas Productoras podrán solicitar una asignación del cupo en términos de las disposiciones previstas en el presente Acuerdo. Los Grupos de Interés Económico podrán solicitarlo por el beneficio que corresponda a cada una de sus empresas integrantes. Los integrantes del Grupo de Interés Económico que haya sido beneficiado con el cupo, no podrán solicitarlo de forma individual. No podrán solicitar asignación de cupo los Productores Terceros.

La SE asignará un cupo de importación a las Empresas Productoras y Grupos de Interés Económico solicitantes que cumplan con los términos del presente Acuerdo.

Ninguna Empresa Productora podrá ingresar una solicitud por su propia cuenta por el monto que ya hubiera sido incorporado en la solicitud del Grupo de Interés Económico al que pertenezca. No podrán solicitar asignación de cupo los Productores Terceros, por el monto de producción que corresponda al contrato celebrado con un productor indirecto.

Los interesados en la obtención del cupo al cual se refiere el Acuerdo deberán presentar el trámite de “Asignación Directa de cupo” a través de la Ventanilla Digital y deberán adjuntar los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos.

Una vez obtenido el oficio de asignación de cupo, el interesado deberá presentar el trámite de “Expedición de Certificados de Cupo, Asignación directa de cupo” a través de la Ventanilla Digital. La SE expedirá el certificado de cupo al día hábil siguiente a la fecha de ingreso de la solicitud. Los certificados de cupo que se expidan conforme al presente Acuerdo serán nominativos e intransferibles y su vigencia será al 14 de agosto de cada año de vigencia.

Atentamente,

Gomsa⊕

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