DECRETO – CIERRE DEL AICM BÉNITO JUÁREZ

JU-0017/2023

Estimado Cliente,

Hacemos de su conocimiento que, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, publicó a través del Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto que establece el cierre del AICM Benito Juárez, para las operaciones del servicio público de transporte aéreo que se indica al tenor de lo siguiente:

IMPORTANTE

  • Queda cerrado el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México «Benito Juárez» para las operaciones de los concesionarios y permisionarios que proporcionan el servicio al público de transporte aéreo nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga.
  • Quedan exceptuados los concesionarios y permisionarios que presten servicios combinados de pasajeros y de carga, siempre que la carga sea transportada en las mismas aeronaves que los pasajeros.
  • Dentro de los transitorios más relevantes, se destacan los siguientes:

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

TERCERO. Se instruye a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes a realizar las acciones necesarias, a fin de revisar y modificar, en su caso, las concesiones del servicio al público de transporte aéreo nacional regular y no regular de carga.
Se instruye a la Agencia Federal de Aviación Civil revisar y modificar, en su caso, los permisos del servicio al público de transporte aéreo internacional regular y no regular de carga y, en su caso, autorizar las rutas relacionadas al artículo Único del presente decreto.

QUINTO. Los concesionarios y permisionarios que proporcionen el servicio al público de transporte aéreo, nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga, con la excepción prevista en el presente decreto, cuentan con un plazo máximo de 108 días hábiles, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para reubicar sus operaciones fuera del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México «Benito Juárez».

Por lo anterior, es importante resaltar que los concesionarios y permisionarios que presten servicio al público de transporte aéreo, nacional e internacional, regular y no regular exclusivamente de carga, deberán reubicar sus operaciones fuera del AICM.

Asimismo, les informamos que Gomsa, en apego a sus pilares de crecimiento y permanencia, se encuentra trabajando en las formalidades necesarias para tener presencia por la Aduana del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, pudiendo así ser otra aduana adicional para reubicar sus operaciones.

Atentamente,
Gomsa

Esta entrada fue publicada en AVISOS IMPORTANTES, COMERCIAL, EXTRACTO DEL D.O.F., RECOMENDACIONES A NUESTROS CLIENTES. Guarda el enlace permanente.