
JU-115-2026
Estimado Cliente,
Por medio del presente, le informamos que la Secretaría de Economía dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación la “Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de bicicletas para niños originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia”, de la cual algunos puntos relevantes a considerar son los siguientes:
- Se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de revisión con motivo de un cambio de las circunstancias por las que se determinó la cuota compensatoria definitiva a que se refiere el punto 1 de la presente Resolución, a las importaciones de bicicletas para niños originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de la fracción arancelaria 00.05 de la TIGIE, o por cualquier otra.
- Se fija como periodo de revisión el comprendido del 1 de noviembre de 2024 al 31 de octubre de 2025.
- La cuota compensatoria definitiva a que se refiere el punto 1 de la presente Resolución continuará vigente mientras se tramita el presente procedimiento de revisión. De igual manera, se podrá garantizar el pago de las cuotas compensatorias definitivas en los términos y con fundamento en el artículo 94 del RLCE.
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.
Por lo anterior, se anexa al presente el enlace de la publicación mencionada para su lectura en su totalidad y consideración:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5787569&fecha=15/05/2026#gsc.tab=0
