JU-0177-2025
Estimado Cliente,
Le informamos que la Secretaría de Economía publicó, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), la “RESOLUCIÓN Final del procedimiento administrativo de revisión de oficio de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de pierna y muslo de pollo originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia”, de la cual se comparten los siguientes puntos resolutivos:
351. Se declara concluido el procedimiento administrativo de la revisión de oficio de la cuota compensatoria impuestas a las importaciones de pierna y muslo de pollo originarias de los Estados Unidos, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 0207.13.04 y 0207.14.99 de la TIGIE, o por cualquier otra.
352. La cuota compensatoria a que se refiere el punto 9 de la presente Resolución no se aplicará de conformidad con el artículo 9.1 del Acuerdo Antidumping, hasta en tanto se estabilicen las condiciones particulares del mercado, conforme lo dispuesto en el punto 348 de la presente Resolución.
353. La Secretaría dará a conocer la aplicación de la cuota compensatoria mediante un Aviso que se publicará en el Diario Oficial de la Federación.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOF.
Por la importancia de lo anterior, se anexa el enlace de la publicación para su consulta y lectura en su totalidad.
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5761352&fecha=27/06/2025#gsc.tab=0
Atentamente,
Gomsa